Presentación de información financiera- contable hasta el 30 de mayo de 2019 (Resolución No. ARCOTEL-2015-0936)

Estimados prestadores Privados de Servicios de Telecomunicaciones y de Radiodifusión:

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), recuerda a las personas naturales y jurídicas poseedoras de títulos habilitantes de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, que tienen la obligación de presentar la información financiera contable hasta el “jueves 30 de mayo de 2019”, relacionada con la prestación de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, en los “Formularios de Homologación de Ingresos, Costos y Gastos por Tipo de Servicio de Telecomunicaciones y Radiodifusión”-actual, y, “Formulario de Ingresos y Egresos”, aprobados mediante Resolución ARCOTEL-2015-0936 de 24 de diciembre de 2015.

La información financiera contable debe ser presentadas tanto en medio físico como en digital (CD), la misma se detalla a continuación:

  • Formularios de Homologación de Ingresos, Costos y Gastos por Tipo de Servicio de Telecomunicaciones y Radiodifusión – Debidamente firmados por Contador y Representante Legal según el Formulario.
  • Formulario de Ingresos y Egresos, personas naturales, correspondiente a su título habilitante uno por cada servicio.
  • Formularios de Declaraciones del Impuesto al Valor Agregado IVA originales y (sustitutivas en el caso de haber realizado), de todo el año 2018.
  • Formulario de Declaración del Impuesto a la Renta original y (sustitutivas en el caso de haber realizado) año 2018.
  • CD con toda la información antes detallada

Los servicios de telecomunicaciones que deberán dar cumplimiento se detallan a continuación:

1. Acceso a Internet.

2. Audio y Video por Suscripción.

3. Comunales.

4. Móvil Avanzado a través de Operador Móvil Virtual (OMV).

5. Portador.

6. Radiodifusión y Televisión.

7. Servicio Móvil Avanzado (SMA).

8. Larga Distancia Internacional.

9. Servicios de telecomunicaciones a través de terminales de uso público.

10. Servicios finales de telecomunicaciones por satélite.

11. Servicio de Telefonía Fija (incluye los ingresos del Servicio de LDN).

12. Transporte Internacional modalidad capacidad de cable submarino.

13. Telecomunicaciones móviles por satélite.

14. Transporte Internacional modalidad provisión de segmento espacial.

15. Troncalizados.

16. Valor Agregado.

Los formatos establecidos para el efecto, se puede revisar y descargar en el siguiente link: http://www.arcotel.gob.ec/formularios-de-homologacion-de-informacion-financiera-contable/

La falta de presentación de la información financiera contable en los formularios aprobados en la Resolución ARCOTEL-2015-0936, conforme lo dispuesto en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, constituiría una infracción administrativa, sancionada con la imposición de una multa económica. A tales efectos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 133 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sin perjuicio del inicio del procedimiento administrativo sancionador que corresponda, se le recuerda a fin de que hasta el día “jueves 30 de mayo de 2019”, en forma improrrogable presenten la información detallada.

Cualquier consulta adicional, podrá contactarse con:

  • Lcda. Soraya Freire (02-2947-800, ext: 2235); correo electrónico: jenny.freire@arcotel.gob.ec
  • Ing. María Fernanda Astudillo (02-2947-800, ext: 2321); correo electrónico: maria.astudillo@arcotel.gob.ec

Cordialmente,

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL)


 

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