Homologaciones: derechos de los usuarios

Derecho del usuario:

Cualquier persona natural o jurídica que adquiera un equipo terminal de telecomunicaciones, debe exigir al proveedor de éste equipo que se encuentre homologado ante la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones.

Bloqueo de terminales:

Los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y de los sistemas referidos en el artículo anterior no podrán implementar mecanismos o formas de bloqueo que impidan que los equipos terminales activados en su red puedan ser activados en las redes de otros concesionarios debidamente autorizados.

 

Comercialización de equipos terminales de telecomunicaciones:

Comercialización.- Para la comercialización u operación en el país de los equipos terminales de telecomunicaciones referidos en el  presente Reglamento, estos deberán estar previamente homologados.

Obligación de los operadores:

Los prestadores de servicios de telecomunicaciones están obligados a operar en sus redes o sistemas, equipos terminales de telecomunicaciones que cuenten con el respectivo certificado de homologación emitido por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones; salvo que el prestador demuestre justificadamente que el equipo puede causar daños en su red o deteriorar la calidad del servicio prestado.