Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
TARIFAS SMA, SAI Y STF PARA PERSONAS ADULTAS MAYORES (LOPAM)
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Servicio Móvil Avanzado (telefonía celular) A partir del 09 de mayo de 2019, con la expedición de la Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores (LOPAM), posteriormente actualizada a través del Decreto 105 que reforma el Reglamento General de la LOPAM, las personas de este segmento social, que poseen el Servicio de Telefonía Celular o Móvil Avanzado pueden acceder a la exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet móvil, cuyo titular sea la persona adulta mayor. Condiciones mínimas del plan básico individual celular:
Servicio de Acceso a Internet Fijo A partir del 09 de mayo de 2021, con la expedición de la Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores (LOPAM), posteriormente actualizada a través del Decreto 105 que reforma el Reglamento General de la LOPAM, las personas de este segmento, que dispongan del Servicio de Internet, pueden acceder a la exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de internet, cuyo titular sea la persona adulta mayor. El servicio de acceso a internet fijo tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del total del consumo mensual del plan básico residencial. Condiciones:
Sin perjuicio de la aplicación del plan básico individual, los prestadores de servicios de telecomunicaciones, por decisión comercial, podrán otorgar mayores beneficios o promociones a los adultos mayores, los cuales deberán ser reportados a la Arcotel. Servicio de Telefonía Fija A partir del 13 de octubre de 2006, con la expedición de la Ley del Anciano, el Servicio de Telefonía Fija beneficia a las personas adultas mayores con la exoneración del 50% en la tarifa básica residencial de un teléfono de propiedad del abonado-cliente en su domicilio. Este beneficio se sigue manteniendo en la actual Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores – LOPAM, del 09 de mayo de 2019. |
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Para mayor información, los beneficiarios pueden revisar la siguiente información:
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Las personas adultas mayores pueden acceder a los beneficios establecidos en la LOPAM y su Reglamento, acercándose personalmente a los centros de atención al usuario de los prestadores de servicios de telecomunicaciones de su preferencia, y solicitar la activación de este beneficio. |
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El trámite no tiene costo |
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Para mayor información, los abonados-clientes-usuarios, pueden ingresar a los siguientes enlaces de las operadoras: |
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Aplica únicamente para personas mayores de 65 años.
– Pregunta: Si soy propietario de 2 líneas telefónicas, de diferente empresa de telefonía celular, ¿puedo aplicar la exoneración por ser adulto mayor en las 2 líneas? Respuesta: No, el beneficio se puede aplicar solo a una de las líneas telefónicas. – Pregunta: Tengo dos cuentas de internet a mi nombre, una en mi casa y otra en mi negocio, ¿puedo solicitar la exoneración por ser adulto mayor, en mis dos cuentas de internet? Respuesta: No, solo puede aplicar la exoneración a la cuenta donde conste el domicilio habitual del adulto mayor. – Pregunta: Mi esposa y yo, somos adultos mayores y queremos aplicar al beneficio de manera individual. ¿Podemos hacerlo? Respuesta: Sí, cada uno puede acogerse al beneficio para la exoneración otorgada por la LOPAM. – Pregunta: Soy adulta mayor y quiero obtener la exoneración de la LOPAM. ¿Puedo obtener el beneficio sin tener que acudir personalmente a la empresa de telecomunicaciones? Respuesta: No, es necesario que la persona adulta mayor se acerque a los centros de atención al usuario de sus proveedores con su documento de identidad para validar los datos.
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