ARCOTEL apeló decisión acción de protección para no revertir frecuencia temporal de RTS

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones -ARCOTEL- el 02 de julio pasado resolvió declarar la nulidad de las autorizaciones de frecuencias temporales de los canales 11 en Quito y en Guayaquil, mediante resoluciones ARCOTEL-2019-506 y ARCOTEL-2019-507 respectivamente.

El 22 de julio de 2019, una jueza de la Unidad Judicial Sur de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil, resolvió la tarde de ayer en acción constitucional, suspender los efectos de la resolución de nulidad de la frecuencia temporal del canal 11 en Quito expedida por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, sentencia que en el mismo momento fue apelada por la Institución.

ARCOTEL reitera que sus actuaciones fueron realizadas en estricto apego a los derechos constitucionales, el debido proceso y el derecho a la defensa por lo que rechaza enfáticamente cualquier comentario tendiente a deslegitimar sus actuaciones.

Así mismo, ARCOTEL sigue en espera de la resolución que deberán adoptar los jueces constitucionales respecto de la acción de protección de la frecuencia temporal de canal 11 en Guayaquil, la misma que se encuentra fuera del aire de acuerdo a lo dispuesto en la resolución de nulidad.

En días pasados el Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y el Director Ejecutivo de ARCOTEL hicieron un llamado para que la justicia actúe de forma transparente, respecto a las decisiones técnicas y jurídicas argumentadas en instancia administrativa, reiterando así su respeto por el principio de independencia de las funciones del Estado.


 

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