Mediante oficio ARCOTEL-DEAR-2016-0218-OF, de 1 de noviembre de 2016, la señora Directora Ejecutiva de la ARCOTEL, comunicó a los señores Presidentes de los Canales Comunitarios y Regionales del Ecuador Asociados (CCREA), la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) y la Asociación de Canales de Televisión del Ecuador, que se ha considerado el otorgar facilidades de pago para los valores calculados por Derechos de Concesión de los servicios de Radio y Televisión Abierta y de Audio y Video por Suscripción, constantes en el Reglamento de Derechos de Otorgamiento de Títulos Habilitantes y Tarifas de Uso de Frecuencias para Servicios de Radiodifusión (para concesiones prorrogadas, resolución 02-02-ARCOTEL-2016) para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:

  1. Se concederá facilidades de pago a los concesionarios que así lo soliciten, previa petición dirigida a la Máxima Autoridad y su aprobación.
  2. Establecer un plazo único para el pago de los derechos de concesión (hasta 12 meses).
  3. Se fijará la tasa de interés que periódicamente establece el Banco Central del Ecuador.
  4. La aplicabilidad del presente documento será a partir de un monto mínimo de US$500,00.
  5. En caso de incumplimiento de una de las cuotas se darán por terminadas las facilidades y se ejecutará de manera inmediata la totalidad de la deuda.

Los concesionarios interesados en acogerse a las facilidades de pago podrán dirigir sus solicitudes a  la señora Directora Ejecutiva, Ing. Ana Proaño De la Torre, y entregarlas en cualquiera de las oficinas de la ARCOTEL a nivel nacional.

Una vez que su solicitud sea aprobada, el concesionario deberá suscribir el Plan de Pagos correspondiente, en la Tesorería General de ARCOTEL (Av. 9 de Octubre N 27-75 y Berlín, ciudad de Quito) o en sus Coordinaciones Zonales en las ciudades de Riobamba,  Portoviejo, Guayaquil, y Cuenca.


 

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