Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
La ARCOTEL verificó planes de contingencia para la operación de redes públicas de telecomunicaciones presentados por prestadores del régimen general de servicios
Una de las obligaciones de los prestadores del régimen general de servicios de telecomunicaciones establecidas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada en el Registro Oficial No. 439 del 18 de febrero de 2015, es la de presentar, de manera anual a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) planes de contingencia para ejecutarlos en casos de desastres naturales o conmoción interna, para garantizar la continuidad del servicio, de acuerdo con las regulaciones respectivas.
Los objetivos que se buscan alcanzar a través de la elaboración y ejecución del Plan de Contingencia, incluyen, entre otros aspectos, los siguientes:
- Aplicar medidas de prevención para mitigar los efectos al materializarse la ocurrencia de un riesgo detectado.
- Reducir el tiempo de reacción ante una contingencia, sea esta previsible o no.
- Optimizar el uso de recursos humanos, materiales y económicos.Controlar la contingencia a través de decisiones acertadas y acciones coherentes.
- Reducir al mínimo el tiempo requerido para reanudar la operación de los sistemas en caso de verse afectados por la ocurrencia de una contingencia.
Además, con Resolución ARCOTEL-2017-0858 de 13 de septiembre de 2017, publicada en el Registro Oficial Nro. 93 el 04 de octubre de 2017, se aprobó la «Norma que regula la presentación de los planes de contingencia para la operación de las redes públicas de telecomunicaciones por parte de los prestadores de servicios del régimen general de telecomunicaciones», en la cual se detallan los aspectos mínimos que debe contener el Plan de Contingencia.
Al respecto, personal técnico de los organismos desconcentrados de la ARCOTEL (coordinaciones zonales), realizaron las validaciones a una muestra de los planes de contingencia presentados por los prestadores conforme los lineamientos emitidos por la Agencia. De acuerdo a las inspecciones realizadas a dicha muestra por servidores de la Agencia se determinó que, los prestadores CONECEL y ETAPA cumplen con lo establecido en los planes de contingencia presentados a la ARCOTEL para el año 2018.
También, se efectuaron inspecciones a otros proveedores de servicio, luego de lo cual se determinó observaciones a la aplicación de los planes de contingencia presentados, como por ejemplo el no disponer de un sistema contra incendios; no realizar simulacros ni capacitación a su personal; entre otros aspectos. Éstas deberán ser corregidas en los plazos previstos en la normativa.
Para el año 2019, se prevé continuar con la revisión de los planes presentados en dicho año y su verificación a una nueva muestra de prestadores. Recordando además que tal obligación aplica tanto a los prestadores de los servicios de telecomunicaciones como a los prestadores de los servicios de radiodifusión que en su conjunto constituyen los prestadores de servicios del régimen general de telecomunicaciones.
En la página web de ARCOTEL: www.arcotel.gob.ec se encuentran publicados los instructivos, formularios y procedimientos que deben ser utilizados para elaborar el reporte del plan de contingencia a ser presentado por los prestadores de servicios del régimen general de telecomunicaciones.