MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: MÓVIL AVANZADO A TRAVES DE OPERADOR MOVIL VIRTUAL

El prestador deberá informar a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, en el término de hasta quince (15) días, luego de inscribir en el Registro Mercantil cualquier cambio, modificación o reformar al estatuto social del prestador.

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