Modificaciones técnicas y administrativas que requieren autorización de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL | a. Cambio de frecuencias y anchos de banda e incrementos de otras frecuencias correspondientes a no esenciales y esenciales que no sean de carácter masivo o que no tengan una alta valoración económica.
b. Incremento y decremento de estaciones repetidoras y fijas. c. Reubicación de estaciones repetidoras y fijas. d. Cambio del área de asignación para servicios que no sean de carácter masivo o frecuencias que no tengan una alta valoración económica. e. Cambio de parámetros técnicos como: potencia, ganancia de antenas, velocidad de transmisión, FEC, modulación, etc. f. Incremento y decremento de satélites. g. Incremento y reubicación de estaciones terrenas. h. Otras modificaciones que la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL considere pertinentes. |
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Modificaciones técnicas y administrativas a ser notificadas a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL | a. Incremento y decremento de estaciones móviles y portátiles.
b. Actualización de coordenadas geográficas de sitios previamente autorizados. c. Cambio del satélite. d. Cambio de marca y modelo de equipos. e. Actualización de nombre del satélite en estaciones terrenas de transmisión y recepción. f. Otras modificaciones que la Dirección ejecutiva de la ARCOTEL considere pertinentes. |
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Nota: | Las modificaciones independientemente de que requieren autorización o sean notificadas, no requieren el otorgamiento de un nuevo título habilitante. |
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
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