OPERACIÓN REDES PRIVADAS

OPERACIÓN REDES PRIVADAS

 

AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

 

AL PÚBLICO EN GENERAL

Pongo en conocimiento que se ha presentado la solicitud para la obtención del Título Habilitante de Registro/ Autorización de la Operación de Red Privada y Concesión/ Autorización de Frecuencias para Uso del Espectro Radioeléctrico, la misma que tiene por objeto la utilización de la red para su exclusivo beneficio, con el propósito de conectar distintas instalaciones de su propiedad o bajo su control. Una red privada puede ser utilizada para la transmisión de voz, datos, imágenes o cualquier combinación de estos. Las redes privadas están destinadas a satisfacer las necesidades propias de su titular, lo que excluye la prestación de estos servicios a terceros.

 

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 142 del REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO las personas interesadas podrán formular por escrito y con el debido sustento sus observaciones acerca de la petición de otorgamiento del título habilitante en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones en el plazo de 3 días contados a partir de su publicación, en las siguientes direcciones:

  • Quito: Av. Diego de Almagro N.l 1-95 y Alpallana, teléfono O22947800.
  • Guayaquil: Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, teléfono: 042656400
  • Cuenca: Luis Cordero 16-50 y Héroes de Verdeloma, telefono 072820860.
  • Correo electrónico: observaciones.oth@arcotel.gob.ee

 

Las observaciones deben contener los datos generales del interesado (nombre/apellido), así como en el asunto debe especificarse: OBSERVACIONES- SOLICITUD DE RED PRIVADA-TRÁMITE NRO. XXX PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE HAN SOLICITADO EL TITULO HABILITANTE DE REGISTRO / AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN REDES PRIVADAS Y CONCESIÓN / AUTORIZACIÓN DE USO DE FRECUENCIAS.

Trámile Nro.

 

Infraestructura

 

Peticionario: Banda de

frecuencia

ARCOTEL-DEDA-20I8-0007649-E.

ARCOTEL-DEDA-2019-008850-E

 

Inalámbrica – radios

de Dos Vías

 

UNIÓN DE COOPERATIVAS DE

TRANSPORTE DE

TAXIS Y

CAMIONETAS DE LA

PROVINCIA DE

PASTAZA

 

UHF/VHF

 

Nota: sus observaciones, deben ser remitidas en un término de hasta tres f3) días: las que no tendrán el carácter de vinculantes para ¡a administración, pero que serán consideradas de ser procedentes en los injormes que se emitan y que permitan adoptar la decisión de otorgar o negar el título habilitante.

 

Firma por delegación de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, según consta en la Resolución No. ARCOTEL-2016-0655 de 10 de agosto de 2016.

D.M. Quito.

 

Ing. Galo Cristóbal Procel Ruiz

COORDINADOR TÉCNICO DE TÍTULOS HABILITANTES

AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES