Otorgamiento de Títulos Habilitantes: TEMPORAL PARA LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN

DESCRIPCIÓN:

La ARCOTEL podrá concesionar o autorizar según corresponda de manera excepcional, el uso temporal de frecuencias no esenciales a las personas naturales o jurídicas que lo soliciten para uso eventual, experimental o de emergencia, hasta por 1 año.

La concesión o autorización temporal de uso de frecuencias esenciales y no esenciales no implica la habilitación para prestar el servicio de radiodifusión por suscripción (audio y video por suscripción), por lo cual, para el otorgamiento temporal de uso de frecuencias el solicitante debe contar previamente con el título habilitante del servicio de radiodifusión por suscripción.