Poseedores de títulos habilitantes deben presentar información financiera contable hasta el 30 de mayo de cada año

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones expidió la Resolución ARCOTEL-2015-0936 de 24 de diciembre de 2015, publicada en el Registro Oficial 672 de 19 de enero de 2016, mediante la cual se aprobaron y emitieron formularios para la presentación de la información financiera contable de los poseedores de títulos habilitantes.

La información que debe ser remitida por todos los poseedores de los títulos habilitantes, referida en la citada Resolución, es la siguiente:

Formularios de Homologación de Ingresos, Costos y Gastos por Tipo de Servicio de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para personas jurídicas y naturales obligadas a llevar contabilidad, en medio magnético (formato Excel) e impreso con las respectivas firmas de responsabilidad.

Formulario de Ingresos y Egresos: para personas jurídicas y naturales NO obligadas a llevar contabilidad, en medio magnético (formato Excel) e impreso con las respectivas firmas de responsabilidad.

Formularios de Declaración del Impuesto a la Renta, presentados al Servicio de Rentas Internas (SRI), originales y sustitutivas. Formularios de Declaración del Impuesto al Valor Agregado, IVA, presentados al Servicio de Rentas Internas (SRI), originales y sustitutivas.

Los poseedores de títulos habilitantes para la prestación de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, que deben presentar la información financiera contable, son los siguientes:

a) Servicio de Telefonía Fija Local (incluye Larga Distancia Nacional);
b) Servicio Móvil Avanzado;
c) Servicio Telefónico de Larga Distancia Internacional;
d) Prestación de Servicios de telecomunicaciones a través de terminales de uso público;
e) Servicios Portadores;
f) Servicios finales de telecomunicaciones por satélite;
g) Servicios de Valor Agregado;
h) Provisión de capacidad de cable submarino;
i) Radiodifusión y Televisión;
j) Audio y Video por Suscripción;
k) Sistemas Troncalizados;
l) Comunales; y,
m) Otros servicios que defina la ARCOTEL.

Este acto administrativo tiene por objeto establecer el régimen de reportes de información financiera – contable, relacionado con la prestación de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión. Los formatos se encuentran publicados en la página web de ARCOTEL www.arcotel.gob.ec.


 

  1 comment for “Poseedores de títulos habilitantes deben presentar información financiera contable hasta el 30 de mayo de cada año

  1. 3 junio, 2021 at 6:19 pm

    Super interesante el post!!!

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