Protegido: Registro del Servicio Transporte internacional modalidad Provisión de Segmento Espacial

REGISTRO DEL SERVICIO TRANSPORTE INTERNACIONAL MODALIDAD PROVISIÓN DE SEGMENTO ESPACIAL

AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

AL PÚBLICO EN  GENERAL

Pongo en conocimiento que PANAMSAT DE MEXICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE ha solicitado la obtención del Título Habilitante de Registro del Servicio Transporte Internacional modalidad Provisión de Segmento Espacial, la misma que tiene por objeto proporcionar a terceros el acceso a capacidad internacional necesario para la transmisión de signos, señales, datos, imágenes, video y sonidos, a través de recursos asociados a segmento espacial.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 37 del  REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO  las personas interesadas podrán formular por escrito y con el debido sustento sus observaciones acerca de la petición de otorgamiento del título habilitante en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones en el plazo de 3 días contados a partir de su publicación, en las siguientes direcciones:

Quito: Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, teléfono 022947800, teléfono: 022947800

Guayaquil: Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, teléfono:

042656400

Cuenca: Luis Cordero 16-50 y Héroes de Verdeloma, teléfono 072820860.

Correo electrónico: observaciones.oth@arcotel.gob.ec

Las observaciones deben contener los datos generales del interesado ( nombre/apellido ), así como en el asunto debe especificarse:  OBSERVACIONES-REGISTRO DEL SERVICIO TRANSPORTE INTERNACIONAL MODALIDAD PROVISIÓN DE SEGMENTO ESPACIAL

Nota: sus observaciones, deben ser remitidas en un término de hasta tres (3) días; las que no tendrán el carácter de vinculantes para la administración, pero que serán consideradas de ser procedentes en los informes que se emitan y que permitan adoptar la decisión de otorgar o negar el título habilitante.

Firma por delegación de la Directora Ejecutiva de la ARCOTEL, según consta en la Resolución No. ARCOTEL-2016-0655 de 10 de agosto de 2016.

 

D. M. Quito,

Ing. Fred Yánez Ulloa

COORDINADOR TÉCNICO DE TÍTULOS HABILITANTES

AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES