Reglamento de tarifas por concesión, autorización y utilización de frecuencias, canales y otros servicios de Radiodifusión Sonora y de Televisión

El presente proyecto está enmarcado en la modificación de la resolución 5250-08-CONARTEL, para el cobro de las tarifas por uso de espectro y los derechos de concesión para los servicios de radiodifusión.

Esta modificación tiene por objeto la redistribución de las tarifas mensuales en función de los ingresos de los concesionarios; es decir, los prestadores que menos ganan, menos pagan como objeto del uso de recurso del espectro.

La forma de calcular estos nuevos valores están distribuidos en la tarifa por uso que comprende un valor fijo, dependiendo del lugar donde se dé el otorgamiento del título al concesionario; éste factor representa un índice técnico-socioterritorial, que prioriza los cantones donde el despliegue de infraestructura y uso de los medios de radiodifusión todavía está bajo con respecto a los grandes cantones que concentran la mayoría de la población urbana.

De igual manera se tiene un pago por los derechos de concesión que se forma por un valor fijo cancelado al inicio del otorgamiento y que está en función del número de parroquias a servir dentro de un cantón; asimismo, se tiene un valor variable de pago anual correspondiente al 2,93% de los ingresos reportados a la ARCOTEL.

Es importante mencionar que principalmente las tarifas por uso de frecuencias no se encuentran actualmente distribuidas, ya que existen concesionarios muy grandes que pagan casi lo mismo que un concesionario pequeño. En este sentido, este proyecto busca mejorar la situación de despliegue e inversión de todos los concesionarios, dependiendo de su tamaño de ingresos.