Se reduce cantidad de líneas telefónicas suspendidas por llamadas indebidas al SIS ECU 911

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), con la información reportada por el Servicio Integrado de Seguridad – SIS ECU 911 en junio de 2015, entregó a las empresas operadoras de telefonía: Claro, Movistar y CNT, el listado de números telefónicos desde los cuales se realizaron llamadas indebidas al ECU 911 con la disposición de que sean suspendidas por uso indebido. También determinó que la cantidad de líneas suspendidas se redujeron considerablemente en relación a mayo de 2015. 
El Artículo 10 del Ex Consejo Nacional de Telecomunicaciones, Resolución Tel-756-21-CONATEL-2011, se refiere a las afectaciones y para fines de aplicación se clasifican en: 
–        Llamadas vinculadas con afectaciones leves.- cuando se hace uso indebido del servicio, realizando llamadas no relacionadas con la atención o gestión de situaciones de emergencia, que no impliquen desplazamiento de recursos de las entidades que brindan y gestionan la atención de servicios de emergencia, en un número mayor de diez llamadas al mes. 
–        Llamadas vinculadas con afectaciones graves.- cuando se hace uso indebido del servicio, realizando llamadas que reportan eventos falsos que impliquen el desplazamiento innecesario de recursos para atención de emergencias. 
 
Sobre las medidas y aplicación, a fin de evitar que se afecten derechos constitucionalmente protegidos para la ciudadanía, la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones – ARCOTEL, dispondrá a los prestadores de servicios de finales de telecomunicaciones, la implementación de las siguientes medidas según establece en el Artículo 11 del Ex Consejo Nacional de Telecomunicaciones.   
 
Suspensión de corto plazo.-  por realizar más de tres llamadas no relacionadas con la atención de emergencias dentro de un mes. Las líneas son suspendidas parcialmente por 30 días calendario; únicamente podrá recibir llamadas y SMS en su terminal, esta medida se aplicará en caso de afectaciones leves. 

Suspensión de largo plazo
.- por reincidencia de llamadas de mal uso del servicio en periodo de un año o la movilización innecesaria de recursos (ambulancias, patrulleros, entre otros). Las líneas son suspendidas totalmente y bloqueado el terminal por un periodo de 180 días calendario. En el caso del Servicio Móvil Avanzado (SMA), adicionalmente bloqueo del terminal asociado, cuyo IMEI se incluirá en la base de datos terminales suspendidos por realización de llamadas que afectan a servicios de emergencia, de las operadoras del SMA. 

Definitiva.-
 por reincidencia en afectaciones graves se suspende definitivamente el servicio y se bloquea permanentemente el terminal móvil. En el caso del Servicio Móvil Avanzado (SMA), adicionalmente se generará el bloqueo definitivo del terminal asociado, cuyo IMEI se incluirá en la base de datos de terminales suspendidos por realización de llamadas que afectan a servicios de emergencia. 

Porcentaje de líneas telefónicas suspendidas:

Tipo de suspensión
abril de 2015
mayo de 2015
Junio de 2015
Corto plazo
91,38 %
91,01 %
92,60 %
Largo plazo
8,57 %
8,93 %
7,32 %
Definitiva
0,05 %
0,07 %
0,08 %
TOTAL
100 %
100 %
100,00 %
 

 

 

 

 


La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones realizará un seguimiento para que las operadoras cumplan con los plazos establecidos de suspensión, para que al usuario le sea reconectado el servicio y para que los valores sean facturados conforme la Ley y Reglamentos vigentes. Además, recomienda a los usuarios reportar los inconvenientes que tuvieren en el uso de los servicios de telecomunicaciones a su empresa operadora o concesionaria; si no atienden el reclamo, pueden llamar al Centro de Información y Reclamos de la Agencia al número 1800-567 567, desde un teléfono fijo o ingresar al formulario de reclamos de la página web 
www.arcotel.gob.ec.