Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
Protegido: Extracto de publicación: “Otorgamiento del Título Habilitante de registro para la operación y explotación del Servicio de Acceso a Internet, a favor de la señora MARIA JOSE CARRION CARANGUI
13/11/2019
REGISTRO DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Y CONCESIÓN DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
AL PÚBLICO EN GENERAL
Pongo en conocimiento que se han presentado solicitudes para la obtención del Título Habilitante de Registro del Servicio de Acceso a Internet y Concesión de Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 37 del REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS
HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO las personas interesadas podrán formular por escrito y con el debido sustento sus observaciones acerca de la petición de otorgamiento del título habilitante en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones en el plazo de 3 días contados a partir de su publicación, en las siguientes direcciones:
Quito: Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, teléfono 022947800, teléfono: 022947800
Guayaquil: Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, teléfono: 042656400
Cuenca: Luis Cordero 16-50 y Héroes de Verdeloma, teléfono 072820860.
Correo electrónico: observaciones.oth@arcotel.gob.ec
Las observaciones deben contener los datos generales del interesado (nombre/apellido), así como en el asunto debe especificarse:
OBSERVACIONES-REGISTRO DE SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Y CONCESIÓN DE FRECUENCIAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE HAN SOLICITADO EL TITULO HABILITANTE DE REGISTRO DE SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Y CONCESIÓN DE USO DE FRECUENCIAS
Trámite Nro. | Peticionario: | Infraestructura | Banda de
Frecuencia |
ARCOTEL-DEDA-2019-013348-E | MARIA JOSE CARRION
CARANGUI |
Alámbrica | N/A |
Nota: sus observaciones, deben ser remitidas en un término de hasta tres (3) días; las que no tendrán el carácter de vinculantes para la administración, pero que serán consideradas de ser procedentes en los informes que se emitan y que permitan adoptar la decisión de otorgar o negar el título habilitante. Firma por delegación de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, según consta en la Resolución No. ARCOTEL-2019-0727 de 10 de septiembre de 2019. D. M. Quito,
Ing. Gustavo Herrera
DIRECTOR TÉCNICO ZONAL 6
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES