Modificaciones Técnicas Red Inalámbrica (Frecuencias)

 

Contenido

 

1.Enlaces UDBL
2.Enlaces Radioeléctricos
3.Enlaces Satelitales

1.Enlaces en Espectro de Uso Determinado en Bandas Libres (UDBL)

 

 

Tipos de
Trámite y Requisitos
– Sistemas Móviles UDBL

Requisitos:

• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de ARCOTEL: FO-CTDE-63

-Incremento de Enlaces

Requisitos:
– Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ARCOTEL
– Información técnica para Enlaces de Modulación Digital de Banda Ancha generada en el aplicativo AVIS (archivos .mdba y excel) grabada en un CD.

– Formulario para sistemas móviles en Espectro de Uso Determinado en Bandas Libres UDBL – FO-CTDE-69

El trámite también puede ser ingresado a través de la plataforma Web. 
-Decrementos de Enlaces
Requisitos:
• Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ARCOTEL, detallando el número del Informe técnico y las características de los enlaces a eliminar.
-Modificación de enlaces (potencia, ganancia de antena, coordenadas, marca y modelo de equipos).
Requisitos: 
– Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ARCOTEL, detallando el número de Informe técnico a modificar
– Información técnica para Enlaces de Modulación Digital de Banda Ancha generada en el aplicativo AVIS (archivos .mdba y excel) grabada en un CD

– Formulario para sistemas móviles en Espectro de Uso Determinado en Bandas Libres UDBL – FO-CTDE-69


Aplicativo
AVIS
Instructivo Aplicación AVIS IT-DRE-02
Aplicativo AVIS – UDBL
Instructivo para el uso de la Interfaz Web del Sistema de Formularios en línea IT-DRE-01

Notas Todas las modificaciones técnicas y administrativas que requieren autorización o solo notificación por parte de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL se detallan en el Libro II “Modificaciones de los Títulos Habilitantes” del Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes par Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico.
Para las estructuras que se encuentren dentro de un radio de 500 mts de los Sistemas Navegación Aérea se debe solicitar el Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Se solicita revisar el listado actualizado de la ubicación geográfica de los Sistemas Navegación

 


Normativa – Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)
– Reglamento General a la LOT
– Norma Técnica en Espectro de Uso Libre y Espectro de Uso Determinado en Bandas Libres
– Reglamento de Derechos por Concesión y Tarifas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico
– Reglamento para homologación y certificación de equipos terminales de telecomunicaciones (03-03-ARCOTEL-2017)
– Plan Nacional de Frecuencias
– Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para servicios de Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Reglamento de Tarifas

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2. Enlaces Radioeléctricos

Descripción del Sistema

Los enlaces radioeléctricos son utilizados para llevar la información de un sitio a otro y su aplicación se centra principalmente en los distintos servicios de telecomunicación como: Portador, Troncalizado, Acceso a Internet (SAI), Radiodifusión Sonora y de Televisión Abierta, así como para la operación de Redes Privadas de Telecomunicaciones.

La asignación de frecuencias para enlaces puede realizarse en sitios puntuales o en un área de operación, mediante un análisis de interferencia, por lo cual es necesario que se encuentren definidas características técnicas tales como: ancho de banda, potencia de operación, ganancia de antena, coordenadas geográficas, etc., con lo cual se garantiza que no existan interferencias perjudiciales en su operación.

-Frecuencias no esenciales: Frecuencias vinculadas a sistemas y redes de telecomunicaciones no utilizadas para el acceso de los usuarios al servicio, por medio de equipos terminales

Tipos de

Trámite y

Requisitos

-Incrementos de frecuencias correspondientes a no esenciales 
Requisitos:
• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, detallando: Tomo-Fojas del título habilitante, sitios de Tx y Rx, ancho de banda, frecuencias y polarización.
• Formularios: FO-DRE-01, FO-DRE-02, FO-DRE-03, FO-DRE-04,    FO-DRE-06, FO-DRE-07 y FO-DRE-16.
-Decrementos de Frecuencias correspondientes a no esenciales
Requisitos:
• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, detallando: Tomo-Fojas del título habilitante y el enlace o enlaces a ser cancelados.
-Cambio de parámetros técnicos (potencia, ganancia de antena, coordenadas, polarización, frecuencias correspondientes a no esenciales, etc).
Requisitos: 
• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL detallando: Tomo-Fojas del título habilitante y el cambio de parámetro técnico requerido.
• Formularios: FO-DRE-01, FO-DRE-02, FO-DRE-03, FO-DRE-04,    FO-DRE-06, FO-DRE-07, FO-DRE-08 y FO-DRE-16.
Formularios
e Instructivos
Leer instructivo de trabajo de los formularios técnicos IT-DRE-03
Revisar canalizaciones de microonda: http://www.arcotel.gob.ec/canalizaciones-2018/
Notas Las modificaciones descritas no requieren el otorgamiento de un nuevo título habilitante (Revisar el Reglamento Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico)
Para las estructuras que se encuentren dentro de un radio de 500 mts de los Sistemas Navegación Aérea se debe solicitar el Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Se solicita revisar el listado actualizado de la ubicación geográfica de los Sistemas Navegación.

Normativa – Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)
– Reglamento General a la LOT
– Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para servicios de Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Especto Radioeléctrico.
– Plan Nacional de Frecuencias
– Reglamento de Derechos por Concesión y Tarifas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico

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3.Enlaces Satelitales

Descripción del Sistema

Estos sistemas, de acuerdo con la UIT, corresponden al servicio fijo por satélite, que se encuentra definido como: “Servicio de radiocomunicación entre estaciones terrenas situadas en emplazamientos dados cuando se utilizan uno o más satélites; el emplazamiento dado puede ser un punto fijo determinado o cualquier punto fijo situado en una zona determinada….”. Para la autorización de estaciones terrenas para este servicio, se deberá considerar que únicamente se podrá utilizar los sistemas satelitales que cumplan con la regulación establecida para Transporte Internacional modalidad Provisión de Segmento Espacial.

Los sistemas de enlaces satelitales son utilizados principalmente para los servicios de telecomunicación como: Servicio de Acceso a Internet, Portador, Radiodifusión Sonora y de Televisión Abierta, así como para la operación de Redes Privadas de Telecomunicaciones.

Tipos de
Trámite y Requisitos
-Incremento, decremento y modificación de enlaces
Requisitos:
•Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL
• Formularios TécnicosFO-DRE-01. FO-DRE-02, FO-DRE-04, FO-CTDE-71, FO-CTDE-72, FO-CTDE-73
-Cambio de satélite
Requisitos: 
• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL
-Actualización de nombre del satélite
Requisitos: 
• Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL
Formularios e Instructivos Instructivo de todos los Formularios técnicos de OTH IT-DRE-03
Notas Todas las modificaciones técnicas y administrativas que requieren autorización o solo notificación por parte de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL se detallan en el Libro II “Modificaciones de los Títulos Habilitantes” de la Resolución 04-03-ARCOTEL- 2016

 

Para las estructuras que se encuentren dentro de un radio de 500 mts de los Sistemas Navegación Aérea se debe solicitar el Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
Se solicita revisar el listado actualizado de la ubicación geográfica de los Sistemas Navegación
Listado de los satelitales autorizados conforme la regulación para el Servicio de Transporte Internacional modalidad Provisión de Segmento Espacial

En caso de solicitar un incremento de enlaces con un satélite diferente al registrado o cambio de satélite, se deberá remitir la carta de autorización del prestador del servicio de Segmento Espacial, que acredite la autorización para realizar la actividad técnica de uso del sistema satelital.

Normativa – Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)
– Reglamento General a la LOT
– Reglamento de Derechos por Concesión y Tarifas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico
– Plan Nacional de Frecuencias
– Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para servicios de Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Reglamento de Tarifas


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