Preguntas frecuentes: 5. Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión Segmento Espacial

5.1.        ¿Cómo se determina el valor de la Garantía de Fiel cumplimiento para el Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial?

 

Respuesta:

La garantía de fiel cumplimiento para el Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial, se calcula con base en el Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 756 de 17 de mayo de 2016, vigente desde su emisión el 28 de marzo de 2016, artículo 206.

5.2.        ¿Qué valores deben cancelar los prestadores del Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial?

 

Respuesta:

Conforme lo establece la regulación vigente, los prestadores del Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial, deben cancelar los valores por derechos de otorgamiento del título habilitante y servicio universal, y en caso de determinarse que existe concentración de mercado, deberán cancelar el valor correspondiente. Cabe señalar que es necesaria la entrega de una garantía de fiel cumplimiento.

 

5.3.        ¿Cuáles satélites se deben registrar previamente en la Comunidad Andina, para solicitar el título habilitante de Servicio de Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial en el Ecuador?

 

Respuesta:

Los satélites que se deben registrar en la Comunidad Andina (lista andina satelital) son los geoestacionarios.      El listado se puede consultar en el siguiente link: http://www.comunidadandina.org/Seccion.aspx?id=166&tipo=TE&title=lista-satelital-andina