Arcotel suspende los términos y plazos que transcurren desde el 17 de marzo

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones emitió la Resolución N° 2020-0124 mediante la cual se suspenden todos los términos y plazos que se encontraban vigentes o trascurriendo desde el 17 de marzo. Esto en el marco de la emergencia sanitaria y el estado de excepción declarados por el Gobierno Nacional para hacer frente al COVID-19.

Ante la situación que vive el país y con base en el Decreto Presidencial N°1017, que en su artículo 8 establece que las instituciones del Estado tienen la facultad de emitir “resoluciones necesarias para la suspensión de términos y plazos a las que haya lugar, en procesos judiciales y administrativos”; la Arcotel suspende, mientras dure el estado de excepción, términos y plazos de sus administrados para los siguientes casos:

  1. Presentación de documentos e información respecto de los procedimientos vinculados al otorgamiento, administración, modificación, renovación, terminación, revocatoria o extinción de títulos habilitantes para la prestación de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, operación de redes privadas; así como del uso y/o explotación del espectro radioeléctrico.
  2. Presentación o entrega de información o reportes periódicos o específicos por parte de los prestadores del servicio que no puedan ser remitidos a través de medios electrónicos.
  3. Procedimientos coactivos.
  4. Procedimientos administrativos de impugnaciones, recursos y reclamos administrativos.
  5. Procedimientos administrativos sancionadores.
  6. Obligaciones que deban ejecutarse dentro del término establecido en la Disposición General Tercera de la Norma Técnica de Portabilidad Móvil.
  7. Procedimientos vinculados con interconexión y acceso; así como uso compartido de infraestructura.
  8. Procedimientos de bloqueos de terminales no homologados.
  9. La suspensión de estos términos y plazos perderá su vigencia una vez concluido el estado de excepción; o cuando la autoridad de Telecomunicaciones disponga la continuidad de los mismos.

Las obligaciones y pagos que se deban realizar ante la Agencia por concepto del otorgamiento y administración de títulos habilitantes, tarifas por uso de frecuencias y demás obligaciones económicas deberán efectuarse mientras exista atención del sistema financiero nacional.

Es importante señalar que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben garantizar la provisión de sus servicios de forma continua. La Arcotel controlará su cumplimiento para beneficio de la ciudadanía.


 

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